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title: "Senado aprueba ley contra la publicidad engañosa en el sector inmobiliario"
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description: "El proyecto resalta que la publicidad engañosa es toda información, comunicación, mensaje o práctica comercial difundida por cualquier medio, que induzca o pueda inducir a error al consumidor."
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date_published: "2026-04-23T20:05:00-04:00"
date_modified: "2026-04-24T07:14:40-04:00"
author_name: "Redacción"
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# Senado aprueba ley contra la publicidad engañosa en el sector inmobiliario

![IMG-20260423-WA0032](/download/multimedia.normal.a8e81ffc9de8b798.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

**Santo Domingo.** - El Senado de la República aprobó en primera lectura el proyecto de ley que regula la intermediación inmobiliaria y la publicidad engañosa en la República Dominicana, con la finalidad de ordenar, supervisar, fomentar y evitar las estafas o ejecuciones en las transacciones inmobiliarias del país.

Esta propuesta legislativa fue presentada por los senadores Rafael Barón Duluc, Félix Ramón Bautista y Eduard Alexis Espiritusanto.

La normativa tiene la finalidad de regular, supervisar, fomentar y promover la intermediación inmobiliaria en la República Dominicana, con la finalidad de garantizar que la promoción, comercialización y ejecución de las transacciones inmobiliarias **se realicen de manera ética**, ordenada, eficiente y transparente, que redunden **en beneficio de los derechos e intereses de adquirientes**, arrendatarios, agentes y agencias inmobiliarias y contribuya al desarrollo económico y social de la nación.

El proyecto resalta que la publicidad engañosa es toda información, comunicación, mensaje o práctica comercial difundida por cualquier medio, **que induzca o pueda inducir a error al consumidor respecto de las características, disponibilidad, precio, condiciones de venta**, entrega o cualquier otro aspecto relevante relacionado con bienes inmuebles, regido por la Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario.

El texto legislativo detalla en su artículo 3 que quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta: las ventas y comercialización de bienes inmuebles propios, realizados de forma directa por el propietario de los mismos, así como la representación y la asesoría legal provista para la adquisición y transferencia de bienes inmuebles realizadas por profesionales en el ejercicio de su profesión.

**Esta ley contempla sanciones severas como suspensión de operaciones** y penalidades económicas con multas de hasta 50 salarios mínimos por violaciones, suspensión de operaciones o licencias de agentes promotores inmobiliarios, entre otras de interés.

La iniciativa de ley indica que esta ley será regida por el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), que es el órgano encargado de diseñar, reglamentar, regular, desarrollar y promover las actividades de intermediación inmobiliaria del país.

Refiere, además, que el Departamento de Registro, Control e Intermediación Inmobiliaria del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) tendrá por objeto promover una intermediación inmobiliaria ordenada, eficiente y transparente y velar por el cumplimiento de esta ley.

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