Garantía económica de RD$4 millones para hombre por estafa electrónica y actividades ilegales en mercado de valores

Rodríguez Monzón, quien fue arrestado cuando intentaba salir del país en un vuelo por el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA), es imputado de realizar actividades propias del mercado de valores sin autorización, en perjuicio de más de cinco víctimas.

TRIBUNALESHace 2 horas INCERTIDUMBRE
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SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Distintas pruebas aportadas por el Ministerio Público sirvieron de base a un tribunal para imponerle a un hombre como medida de coerción una garantía económica de RD$4 millones, bajo contrato con una compañía aseguradora, por su vinculación a delitos de abuso de confianza y estafa a través de medios electrónicos.

La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional le impuso la medida de coerción a Gustavo Alexander Rodríguez Monzón, ordenando también la presentación periódica ante el Ministerio Público y el impedimento de salida del país sin autorización judicial.

Rodríguez Monzón, quien fue arrestado cuando intentaba salir del país en un vuelo por el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA), es imputado de realizar actividades propias del mercado de valores sin autorización, en perjuicio de más de cinco víctimas.

Durante la audiencia, la procuradora fiscal titular de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, Elizabeth Tucent Hiraldo, y la fiscal de ese órgano Margaret Cabrera Morillo, expusieron que entre 2022 y 2024 el acusado se presentó ante diversas personas como corredor de valores en inversiones digitales, sin contar con la debida autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores de la República Dominicana.

Explicaron que, mediante esa falsa representación, Rodríguez Monzón habría inducido a las víctimas a creer que se trataba de operaciones seguras y reguladas, logrando captar alrededor de RD$5,529,224.00 y US$41,000.00.

El juez Rigoberto Sena impuso la medida de coerción al establecer el Ministerio Público que el procesado violó el artículo 405 del Código Penal Dominicano, el artículo 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, y el artículo 351, numeral 4, de la Ley 249-17, sobre el Mercado de Valores.

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