Senado aprueba en dos lecturas consecutivas reformas a la Ley que instituye el Código Penal de la República Dominicana

La dirección de este periódico está esperando la decisión final del congreso. Los dominicanos no vamos a aceptar que se aprueben artículos en el nuevo código penal para usarlos como chantaje y restringir la libertad de expresión, con el propósito de aplicárselos a la mayoría de los dominicanos que no tienen padrinos, pero no se les aplica al presidente, a su esposa y a los expresidentes de la República. A usted, señor presidente, se le va a parar el país para que se acaben los abusos, las persecuciones y la impugnada.
GeneralHace 1 día Redacción

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SANTO DOMINGO. - El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas, el proyecto de ley que reforma varias disposiciones de la Ley 74-25, la cual instituye el Código Penal de la República Dominicana.

El pleno del Senado acogió y aprobó las 32 modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados a esta novedosa ley. Las modificaciones fueron leídas de manera íntegra por el pleno senatorial.

Dentro de las reformas penales se resaltan: el artículo 8, que trata sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y el artículo 11, relativo a la extensión de dicha responsabilidad penal.
En tanto que el artículo 104 trata sobre los daños por aplicación de sustancias químicas; el 121 aborda el hostigamiento; el 122, el hostigamiento agravado; el 123, el hostigamiento cibernético; y el 124, la violencia doméstica o intrafamiliar. 

Asimismo, se reformaron el artículo 141, sobre el plazo de prescripción; el 142, sobre exhibicionismo sexual; el 144, relativo al acoso agravado; el 170, sobre el auto secuestro; el 173, referente a la discriminación; el 176, sobre el proxenetismo; y el 177, que trata el proxenetismo agravado.

También se modificaron los artículos 192, sobre la difusión ilícita de contenido íntimo o reservado; 207, el perjurio; 208, difamación; 209, sobre difamación extorsiva; y el 211, relativo a los actos considerados no difamatorios o injuriosos. 

Además, se incluyeron cambios en el 214, sobre el abandono de niños, niñas y adolescentes; el 215, referente al abandono agravado de menores; el 248, la bancarrota simple; el 269, sobre violación de propiedad; el 303, relativo a la malversación de fondos públicos; el 310, sobre el ultraje en el ámbito jurisdiccional; y, finalmente, el 354, referente a la certificación falsa del estado de salud.

Previo a la votación de esta propuesta legislativa, los senadores de la bancada de la Fuerza del Pueblo presentaron varias propuestas de modificaciones al proyecto del Código Penal, las cuales fueron rechazadas. De igual manera lo hizo el senador Antonio Taveras. No obstante, tomaron turnos de ponencia a favor de este novedoso proyecto, los senadores Ramón Rogelio Genao, Ginnette Bournigal de Jiménez, Venerado Castillo, Franklin Romero, Antonio Marte y Moisés Ayala.

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Félix Bautista, Propone Vacatio Legis para 84 artículos del Código Penal

Redaccion
GeneralHace 1 día
El legislador puso como ejemplo lo relativo a las penas complementarias del artículo 29, numeral 6 del Código Penal, indicando que ¨si una persona es condenada por difamación, se le podrá aplicar además una pena complementaria de inhabilitación temporal por un periodo de 5 años para ejercer su carrera o inhabilitación permanente. Esto es contrario al artículo 62, numeral 2 de la Constitución de la República relativo al derecho al trabajo.¨
 
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