
El Tribunal Constitucional polaco invalida la inscripción de matrimonios homosexuales extranjeros
Cracovia (Polonia).- El Tribunal Constitucional (TC) de Polonia ha declarado este martes inconstitucional el reglamento aprobado por el Gobierno que permitía la transcripción al registro polaco de certificados de matrimonio entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero.
La sentencia, dictada hoy por unanimidad, anula la normativa técnica que facilitaba el reconocimiento administrativo de estas uniones, y vuelve a dejar en un limbo legal a los matrimonios de homosexuales casados en un país extranjero y residentes en Polonia, país que no los reconoce legalmente.
El fallo responde a una demanda de la oposición ultraconservadora del partido Ley y Justicia (PiS), según la cual el reglamento vulnera el Artículo 18 de la Constitución polaca, que define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.
En su fallo, el TC afirma que «resulta inaceptable que una norma de rango superior (…) exprese el principio de heterosexualidad en el matrimonio, mientras que, al mismo tiempo, una norma de rango inferior (…) permitiría que una unión entre personas del mismo sexo contraída en el extranjero se designe como matrimonio en un documento polaco».
La inscripción de estas parejas en los registros civiles polacos había comenzado a admitirse recientemente tras años de vacío legal, el cual generaba graves conflictos administrativos que afectan a los matrimonios homosexuales contraídos fuera de Polonia.
En mayo de 2026, el Gobierno del centrista Donald Tusk aprobó un reglamento que introducía nuevos formularios para los registros civiles, en los que se sustituían las etiquetas de «hombre» y «mujer» para permitir registrar matrimonios entre personas del mismo sexo.


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