Imponen tres meses de prisión contra un empleado penitenciario que se dedicaba a estafar a comerciantes

El Ministerio Público puso en marcha, a través de su Dirección General de Persecución, un proceso penal contra un empleado de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC) suspendido previamente y ahora sometido ante los tribunales bajo cargos de estafa y otros delitos.

TRIBUNALES23 de abril de 2025 INCERTIDUMBRE
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El Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional dictó tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra un empleado penitenciario que se dedicaba a estafar comerciantes.

La jueza Fátima Veloz acogió la solicitud de medida de coerción solicitada por el Ministerio Público, la que deberá cumplir en Nanaya Hombre, de San Cristóbal.

El Ministerio Público puso en marcha, a través de su Dirección General de Persecución, un proceso penal contra un empleado de la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC) suspendido previamente y ahora sometido ante los tribunales bajo cargos de estafa y otros delitos. 

El imputado, Antonio Beato Dionicio, quien ejercía las funciones de encargado del Departamento de Suministros de Alimentos de la DGSPC, se dedicaba a contactar a representantes de múltiples empresas a los que estafaba simulando que los productos que le despachaban estaban dirigidos al Servicio Penitenciario.
 
El imputado entregaba a los estafados documentaciones falsas como parte de sus maniobras fraudulentas. Los hechos imputados hasta el momento constituyen falsedad en escritura pública (artículos 145, 146 y 148 del Código Penal Dominicano), prevaricación (artículos 166 y 167) y estafa (artículo 405).

El Ministerio Público exhortó  a cualquier persona o comercio que haya sido víctima de los referidos actos delictivos a que acudan  por ante su Dirección General de Persecución a presentar la denuncia o querella correspondiente contra el imputado, a fin de que puedan encauzar sus debidos reclamos  en el marco del presente proceso.

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