
Entre ambos habían surgido diferencias económicas y la procesada contactó y contrató a Edison Alexander Cuevas Abreu, actualmente prófugo de la justicia, para que cometiera el asesinato.
La Corte Constitucional revisó la ley y la encontró ajustada a la Constitución del país, negando así que se estuviera violando el derecho a la libertad de expresión artística y diversidad cultural, como alegaban los toreros.
TRIBUNALES04 de septiembre de 2025 ap
BOGOTÁ — Una corte dejó en firme el jueves la ley que prohíbe las corridas de toros en Colombia, pese a que los toreros pedían que se revocara la decisión, y decidió profundizar en la protección de los derechos de los aninales al incluir la prohibición de las peleas de gallos y otras prácticas.
Las corridas de toros fueron prohibidas en Colombia en julio de 2024, cuando fue firmada por el presidente Gustavo Petro, luego de que el Congreso la aprobara tras intensos debates entre defensores del toreo y animalistas que alegaban maltrato animal. La prohibición se hará efectiva en el 2027, dado que plantea un periodo de transición.
La Corte Constitucional revisó la ley y la encontró ajustada a la Constitución del país, negando así que se estuviera violando el derecho a la libertad de expresión artística y diversidad cultural, como alegaban los toreros.
La ley también prohíbe el rejoneo, que consiste en torear a caballo; las novilladas, en las que se lidian novillos de edades de tres a cuatro años; las becerradas, con machos o vaquillas de edad inferior a dos años; y las tientas, que suelen ser privadas y en las que un torero hace una prueba para seleccionar a las mejores vacas que engendrarán los toros de lidia o los machos sementales.

Entre ambos habían surgido diferencias económicas y la procesada contactó y contrató a Edison Alexander Cuevas Abreu, actualmente prófugo de la justicia, para que cometiera el asesinato.

En los próximos días, se volverá a convocar al Consejo para la selección de jueces de la Suprema Corte de Justicia.

El médico legista certificó como causa de muerte shock hipovolémico por múltiples heridas de arma blanca, según el acta de levantamiento del cadáver.

El Ministerio Público realizó evaluaciones psicológicas, consistentes en pruebas testimoniales, periciales, procesales y documentales.

Con una extensión de más de 27,000 metros cuadrados (más de 44 tareas) para sus áreas de investigación y morgue.

La fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo realizó el proceso penal abreviado, aceptando el imputado su culpabilidad en el caso.