
FBI imparte a fiscales y policías dominicanos un taller sobre el despliegue de unidades caninas en las investigaciones
La procuradora general de la República resalta que la transferencia de conocimientos fortalece la cooperación internacional
La denuncia fue presentada por la madre de la niña ante la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, dando inicio al proceso de investigación.
TRIBUNALESHace 2 horas Redacción
SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 10 años de prisión a un hombre hallado culpable de abusar sexualmente de una niña de ocho años, en un hecho ocurrido en el sector Gualey del Distrito Nacional.
Deurys Joel Ramos Urbáez fue declarado culpable con base en los medios de pruebas aportados por el órgano acusador.
El Ministerio Público, representado por las fiscales litigantes Carlenny Camilo y Cinthia Bonneti, incorporó en el juicio pruebas materiales, testimoniales y periciales que incluyeron los resultados de entrevistas realizadas en la Cámara Gesell, evidenciando la responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo con la acusación instrumentada por el fiscal investigador Cesarino Minyety, el hecho ocurrió durante el mes de abril de 2025, cuando el condenado se aprovechó de la confianza que la víctima y su familia le tenían para cometer el delito. La denuncia fue presentada por la madre de la niña ante la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, dando inicio al proceso de investigación.
Durante la etapa de investigación, la víctima fue entrevistada por una psicóloga forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), ante quien narró los hechos de manera coherente y detallada, lo que permitió fortalecer el expediente acusatorio presentado por el Ministerio Público.
La conducta del acusado fue calificada como abuso sexual contra menor de edad, delito tipificado y sancionado por varios artículos del Código Penal Dominicano y la Ley 136-03, que establece el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

La procuradora general de la República resalta que la transferencia de conocimientos fortalece la cooperación internacional

En otro hecho, ocurrido el 15 de noviembre de ese mismo año, Rivas volvió a agredir a la víctima cuando ambos llegaban a la vivienda que compartían.

La denuncia fue presentada por la madre de la niña ante la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, dando inicio al proceso de investigación.

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En otro hecho, ocurrido el 15 de noviembre de ese mismo año, Rivas volvió a agredir a la víctima cuando ambos llegaban a la vivienda que compartían.

La esposa de Maduro, Cilia Flores, acusada de colaboración en los delitos que se le imputan, tiene un abogado distinto, Mark Donnelly.

Al justiciable también se le impuso, en otro tribunal, medidas de coerción por violación de los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

El juzgador concluyó que los testigos fueron “coherentes y contundentes”, al narrar los hechos.

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación en los que sea necesario, en coordinación con otras agencias del Estado.