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Un año y medio después de cometer el crimen, fue arrestado Batista Encarnación mediante la autorización judicial No. EMES-00449, mientras estaba en la calle Progreso, del sector Las Cañitas, del municipio Villa Jaragua, en la provincia Bahoruco.
TRIBUNALES21 de marzo de 2025 INCERTIDUMBRESanto Domingo (RD) – El Ministerio Público de Santo Domingo Este y Norte logró que un tribunal de esta jurisdicción imponga la pena máxima de 30 años de prisión en contra un hombre que le quitó la vida a otro por negarse a darle 600 pesos, en un hecho ocurrido en el año 2023, en el sector Invivienda, en Santo Domingo Este.
La condena le fue impuesta a Neidis Batista Encarnación (Neldi Batista o el Invasor, por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado, que integran Josefina Ubiera Guerrero (presidenta), Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez (miembros), por el hecho cometido en contra del hoy occiso Miquy Joel Javier Zapata.
El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Dahiana E. Castillo, revela que el hoy procesado tenía en zozobra a los moradores del sector, quienes lo consideran como una persona muy conflictiva.
Detalla que el 25 de febrero de 2023, mientras Javier Zapata estaba junto a su esposa, en un negocio de su propiedad, salió a comprar un pastel en hoja a un vendedor ambulante, y en ese momento, el encartado aprovechó que la víctima estaba de espaldas y sacó un machete y le infirió dos heridas, una desde la boca hasta el cuello y otra en la espalda, las cuales les provocaron la muerte. Tras cometer el hecho el victimario emprendió la huida.
Un año y medio después de cometer el crimen, fue arrestado Batista Encarnación mediante la autorización judicial No. EMES-00449, mientras estaba en la calle Progreso, del sector Las Cañitas, del municipio Villa Jaragua, en la provincia Bahoruco.
En el juicio, el Ministerio Público, representado por los fiscales litigantes Ana Basora y Juan Alberto Olivares, presentó al tribunal suficientes elementos de pruebas que demostraron la responsabilidad penal del hoy condenado, quien fue hallado culpable de violar los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, que sancionan el homicidio voluntario, y los artículos 83 y 86 de la Ley No. 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
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En el escrito de acusación, de 20 páginas, se acusa al alcalde de «falsificación reiterada» y se afirma que «obtuvo el diploma de forma fraudulenta y participó en el delito de falsificación».
El arma fue vinculada a la escena del crimen mediante análisis balísticos, al coincidir los casquillos recolectados con los proyectiles extraídos de los cuerpos de las víctimas.