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SANTIAGO (República Dominicana. – La Fiscalía de Santiago logró que un tribunal condenara a 20 años de prisión a un hombre que violó sexualmente a una niña de 10 años de edad, a la cual, además, amenazó de muerte para obligarla a guardar silencio sobre los abusos a los que la sometía.
La condena la impuso, a solicitud del órgano acusador, el Segundo Tribunal Colegiado de este distrito judicial en contra del agresor. La Fiscalía de esta jurisdicción recolectó numerosas evidencias, materiales, documentales, testimoniales y periciales, que, de manera irrefutable, señalaban al hoy procesado como culpable de cometer los hechos en perjuicio de la niña, a quien la unían lazos de familiaridad, por ser el esposo de una tía de la víctima.
En consonancia con los hechos atribuidos, ocurridos en el año 2023, el fiscal que representó a la Fiscalía de Santiago, Pedro Martínez, presentó contra el hombre cargos penales por violación a los artículos 309-1, 331, 332-1 y 332-2, del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género, así como por violación al artículo 396 letras B y C de la Ley 136-03 del Código que crea el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, por la violencia de género, violación sexual, abuso psicológico y sexual ejercidos contra la víctima.
Sobre los hechos que relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, se destaca que la víctima, en su estado vulnerable y ante la sugestión del acusado, fue violada sexualmente cuando se encontraba sola en la casa de su tía, donde el condenado la abusaba y luego la obligaba a mantener los hechos en secreto, bajo la amenaza de matarla tanto a ella como a sus padres y hermanos.
Valiéndose de las evidencias que mostró en el tribunal, el litigante solicitó al juzgador imponer la pena privativa de libertad al hombre que, fruto de sus hechos, provocó graves lesiones tanto físicas como mentales en la víctima.
Estas secuelas fueron avaladas por la certificación emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), donde este órgano investigador tramitó evaluaciones a la víctima, determinándose el estado de tristeza, distracción y de miedo en que estaba, y que tenía como origen los abusos sufridos.
Fruto del asedio y las amenazas constantes, la víctima menor de edad sufrió sintomatologías y afectaciones como el sentimiento de angustia, preocupación, temor, y sensación constante de encontrarse en riesgo o en peligro.
Su testimonio fue recogido ante el Centro de Entrevistas para Personas en Condición de Vulnerabilidad, Víctimas o Testigos, donde vinculó de manera directa al acusado.
Meses después de iniciarse el proceso de investigación, la niña fue nuevamente evaluada por psicología forense de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía, donde se reveló que persistía en ella un cuadro de ansiedad generalizada con preocupación, temor, nerviosismo, ansiedad por separación y temblores.
Además, un estado compulsivo – obsesivo y una necesidad de comprobar las cosas una y otra vez.
Estos hallazgos, reiteró el litigante ante el estrado, son evidencia de la profundidad de las secuelas dejadas en la niña, por las actuaciones reñidas con la ley cometidas por el procesado.
A unanimidad y acogiendo como válida y buena la acusación de la Fiscalía, el tribunal ordenó que el acusado cumpla una condena de 20 años de reclusión mayor.
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