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No hay otra salida. El sector está paralizándose por falta de mano de obra, eso es si, o si”.
La condena y el pago de una indemnización de un millón de pesos le fue impuesta a Jaudy Cristian De La Cruz Mercedes, a favor de los familiares de la víctima , por las juezas Josefina Ubiera Guerrero, Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez.
CORRUPCIÓN20 de noviembre de 2024 RedacciónSANTO DOMINGO ESTE (República Dominicana). – La Procuraduría Fiscal de Santo Domingo Este y Norte logró que el Segundo Tribunal Colegiado de esta demarcación condene a 15 años de prisión a un hombre que disparó en contra de tres personas, causándole la muerte a uno e hiriendo a otro, en un hecho registrado en el año 2008, en el sector Perla Antillana de Santo Domingo Este.
La condena y el pago de una indemnización de un millón de pesos le fue impuesta a Jaudy Cristian De La Cruz Mercedes, a favor de los familiares de la víctima , por las juezas Josefina Ubiera Guerrero, Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez.
El expediente, instrumentado por el fiscal investigador Franklin Céspedes Bautista, revela, que, en fecha 15 de noviembre del 2008, alrededor las 2:30 de la mañana, mientras los nombrados Danny Rodríguez, Danilo Antonio Peña y Esmerlin Familia Ponciano, compartían en la calle Principal, del sector Perla Antillana de este municipio, se presentó al lugar el encartado, con un arma de fuego, que portaba de manera ilegal, y sin mediar palabras realizó varios disparos contra los tres jóvenes, resultando dos de ellos con impactos de bala.
Añade que, el joven Danny Rodríguez, una de las víctimas fue ingresado en un centro médico y según el informe médico emitido en fecha 16 de noviembre de 2008, fue ingresado por presentar herida de arma de fuego con penetración a través del tórax posterior en zona trapecio lado izquierdo.
Transcurrido aproximadamente dos años de los hechos antes descritos, la víctima Danny Rodríguez, falleció a causa a causa de un fallo multiorgánico, como consecuencia de la herida de arma de fuego que recibió de su agresor, según se hace constar en el certificado de defunción No. 56472, de fecha 9 de octubre del 2010.
El Ministerio Público, representado por la fiscal Ana E. Basora R., demostró ante el tribunal la responsabilidad penal del encartado por violar los artículos 2, 295, 304 del Código Penal Dominicano, Sobre Porte Ilegal de Armas de Fuego y los artículos 43-b, 66 párrafo V y 67, de la Ley 631-16, sobre armas, municiones y materiales relacionados.
Los jueces determinaron que la condena deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombre, de la provincia de San Cristóbal.
No hay otra salida. El sector está paralizándose por falta de mano de obra, eso es si, o si”.
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