
Ministerio Público inicia formación de 100 abogados que serán representantes de víctimas
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El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) determinó que la muerte de Michael Jorge fue causada por una herida de proyectil de arma de fuego, clasificándola como homicida.
TRIBUNALES14 de julio de 2025 INCERTIDUMBRESANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 20 años de prisión a un hombre tras ser hallado culpable de participar, junto a un miembro del Ejército, en la muerte de otro, en un hecho ocurrido el 29 de septiembre de 2023, en el sector Arroyo Hondo, del Distrito Nacional.
La condena fue dictada contra Luciano José Berroa Nina (Viejo o Viejebo), por la muerte de Michael Jorge.
La acusación, sustentada por el fiscal Orlando Antonio Santos Ramírez, establece que Luciano José Berroa Nina actuó en complicidad con el sargento mayor Reynaldo Cordero Santana, miembro del Ejército, para dar muerte a la víctima que se encontraba en la calle Paseo de los Arroyos, barrio Perantuen, sector Arroyo Hondo.
El Ministerio Público demostró que, tras perpetrar el hecho, ambos emprendieron la huida en el vehículo conducido por el militar. El crimen fue presenciado por una testigo y quedó evidenciado mediante pruebas documentales, testimoniales y periciales.
La institución indicó que el sargento mayor Reynaldo Cordero Santana fue procesado previamente por este mismo hecho y condenado a 10 años de prisión, en una sentencia firme emitida por otro tribunal del Distrito Nacional.
El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) determinó que la muerte de Michael Jorge fue causada por una herida de proyectil de arma de fuego, clasificándola como homicida.
El tribunal, presidido por la jueza Claribel Nivar Arias e integrado por las magistradas Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, dispuso que el condenado cumpla la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-17) Najayo Hombres, al acoger las pruebas presentadas por la fiscal litigante Julia Laury Vásquez.
Los jueces acogieron la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, que estableció que los hechos constituyen asociación de malhechores para cometer homicidio voluntario, en violación a los artículos 265, 266, 295 y 304 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Yeni Berenice Reynoso exhortó a los profesionales del Derecho a tener siempre como centro de actuación valores como la honestidad y la integridad
Ocho de las víctimas, con edades entre los 14 y 17 años, redactaron cartas, y las enviaron al departamento de psicología de su escuela, en las que relataban los abusos que sufrían por parte del docente.
La jueza dispuso que la prisión preventiva sea cumplida en un centro de corrección y rehabilitación, el cual no se especifica por razones de seguridad.
Luego de cometer el crimen, el ahora condenado se presentó por ante la Policía Nacional el viernes 24 de mayo del año 2024, alrededor de las 10:30 de la noche, donde confesó los hechos.
El procesado además deberá pagar a las víctimas una indemnización de RD$3.0 millones gestionada por los abogados del Relevic
El agresor fue detenido en la misma sala del tribunal donde se produjo la agresión.