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El Congreso de Perú aprobó un dictamen que modifica el Código Penal y otras leyes para incluir como agravante el uso de la inteligencia artificial (IA) en la comisión de delitos, informó este sábado el Legislativo del país andino.
«La propuesta sanciona penalmente a los que utilicen tecnologías basadas en la inteligencia artificial, incluida las falsificaciones profundas (deepfakes) o cualquier contenido multimedia con fines relacionados a la pornografía infantil, difamación, entre otros delitos», indicó el Congreso a través de un comunicado.
En la propuesta se detalla que el juez puede aumentar la pena privativa de libertad hasta en un tercio por encima del máximo legal fijado para cualquiera de los delitos, como a los que usen la inteligencia artificial o tecnologías similares o análogas.
El pleno aprobó este dictamen con 99 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones y la iniciativa se exoneró de una segunda votación.
La propuesta
La iniciativa la sustentó el congresista y presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca, quien indicó que la propuesta es importante porque regula temas penales ligados a la inteligencia artificial, que es un campo en evolución.
«Los principales desafíos que esta tecnología enfrenta son el incumplimiento de las leyes de protección de datos personales, la violación del derecho y propiedad intelectual, la discriminación y acoso cibernético, entre otros, por lo que requiere con urgencia un marco normativo que sancione su mala implementación», indicó el parlamentario.
Antes de la votación, congresistas resaltaron que la inteligencia artificial pone en riesgo derechos fundamentales con su mal uso, por lo que es necesario actualizar la normativa peruana sancionando a quien comete un delito a través de ese medio.
El comunicado del Congreso agregó que el Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, «emite la normativa adicional necesaria para la aplicación de las modificaciones dispuestas en la presente ley en un plazo de 60 días calendario a partir de su entrada en vigor».
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