
Condenas de 15 y 10 años de prisión para militares y civiles de red de tráfico de migrantes
El Tribunal plantea que los uniformados procesados cometieron “una afrenta inaceptable” a su uniforme y “al deber sagrado de resguardar la frontera”
SANTO DOMINGO OESTE (República Dominicana).- Con base en diferentes evidencias aportadas por el Ministerio Público, un tribunal de esta jurisdicción le impuso tres meses de prisión preventiva a un limpiavidrios que agredió física y verbalmente a una mujer en las proximidades de uno de los semáforos del kilómetro 22 de la autopista Duarte, el pasado 30 de abril.
La medida le fue impuesta a Franklin Medina, la cual deberá cumplir en el Centro de Privación de Libertad (CPL) La Victoria, ubicado en Santo Domingo Norte.
El procurador fiscal a cargo de la investigación, José Guillermo Soriano, señala que el imputado Franklin Medina aprovechó que la mujer se encontraba en el referido lugar, esperando el cambio de luces del semáforo, para proceder a limpiarle los cristales del vehículo, pese a que la víctima le indicó que no lo hiciera.
El expediente también señala que el justiciable luego terminar de limpiar el cristal comenzó a golpear la puerta del lado del conductor, donde se encontraba la víctima, quien al ver la reacción decide pasarle dinero para que se retirara. Sin embargo, el ahora procesado se mostró inconforme con el dinero entregado e inmediatamente la golpeó en la cara y comenzó a vociferarle improperios.
Al momento de la agresión, la víctima se encontraba junto a un hijo de seis años de edad que, al presenciar las acciones del imputado, sufrió una crisis nerviosa y fue trasladado a un centro de salud, donde recibió atención médica.
La jueza Cecilia Toribio, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste, dictó la medida de coerción, luego de acoger las evidencias presentadas por la fiscal litigante Gilsa Cuello, quien durante la audiencia calificó la conducta del imputado de violación a los artículos 309, 309-1, 309-3, literales B y D del Código Penal Dominicano y de violación al artículo 396, literal B, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El Tribunal plantea que los uniformados procesados cometieron “una afrenta inaceptable” a su uniforme y “al deber sagrado de resguardar la frontera”
Causó la destrucción de humedales, manglares y desviación de cursos de agua.
Steven Antonio Diloné Serrata (Dilon Baby) deberá cumplir la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres.
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