Fiscal denunciados por graves irregularidades sigue activo, ahora como encargado de la fiscalía comunitaria del Ensanche Quisqueya

El fiscal Julio Saba Encarnación Medina estaba utilizando, durante tres meses y medio, una yipeta Honda CR-V 2024, con la justificación de que estaba retenida; la estaba usando de manera ilegal y sin autorización. A pesar de que debió ser investigado y suspendido por hecho comprobado y publicado.

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Yipeta utilizada por el fiscal Julio Saba Encarnación Medina, usada de manera ilegal

El fiscal Julio Saba Encarnación Medina quien se ha vistos involucrados en varios hechos ilicitos e irregulares, entre lo que se encuentra el haber utilizado durante tres meses y medio, una yipeta Honda CR-V 2024 mientra se encontraba  retenida por el Ministerio Público, luego de haber sido enviada al país desde Estados Unidos. irregularidad presentada por El Informe con Alicia Ortega.

A pesar de que el fiscal Julio Saba Encarnación Medina fue desenmascarado, quiso justificar su uso en una orden judicial con esa vulgar mentira y, atrapado con la masa en la mano, como pudo observarse en El Informe con Alicia Ortega. Con esta agravante, debió ordenarse de manera inmediata una investigación, suspenderlo y procesarlo por la vía penal y disciplinaria. No ha sido así, por lo que entendemos que su traslado hacia la fiscalía comunitaria del Ensanche Quisqueya ha sido como protección y que estas acciones de rastrero, abusivas e ilegales vayan al olvido de la opinión pública las acciones irregulares cometidas por ese fiscal.

qFiscal Julio Saba Encarnación Medina

Ese mismo fiscal ahora está dirigiendo la Fiscalía Comunitaria del Ensanche Quisqueya; lo sacan de manera silenciosa del Plan Piloto y lo envían a dirigir otra fiscalía, como una especie de premio para protegerlo.

El propietario del vehiculo manifesto que: 

La yipeta fue adquirida legalmente en una subasta por la empresa Sosua Auto LLC y enviada a la República Dominicana. La documentación, incluyendo la factura de Copart y certificaciones tanto de la Policía de la Florida como de la empresa Copart, fue entregada por el comerciante de vehículos Amauris Tejeda, quien afirma que cumplió con todos los requerimientos legales.

"Ellos me pidieron la certificación de la policía de la Florida, se la mandé. La certificación de Copal, se la mandé. Le mandé la foto de la compra, de la subasta, se la mandé. Le mandé los impuestos pagos, se lo mandé. Todo lo que ellos pidieron se lo mandé", afirmó Tejeda.

A pesar de esto, el vehículo permanece retenido y ha sido visto en circulación en manos del fiscal Saba Encarnación Medina, quien fue captado por las cámaras del programa El Informe utilizándolo y extrayendo objetos de su interior. Lo más sorprendente: el vehículo tenía una placa exonerada (EA00506) que pertenece a un Nissan Sentra 2001, asignado a la Dirección General de Aduanas, y no a la yipeta en cuestión.

"Ahora yo quisiera saber cuál de ellos ahí en el plan piloto tuvo la cachaza de coger ese vehículo, un vehículo ajeno, un vehículo que no le pertenece a ellos, poner una placa circular en ese vehículo", denunció el abogado Carlos Manuel de la Cruz.

Aunque el fiscal Encarnación Medina admitió en un programa de televisión haber usado la yipeta, se escudó en una orden judicial.

"Ese vehículo, una vez que nosotros hemos tenido la custodia ordenada por un juez, que yo lo estoy usando, sí es cierto, ese vehículo yo lo usé", dijo el fiscal, refiriéndose a la orden número 0001 de febrero de 2025.
Sin embargo, el documento judicial al que hace referencia solo autoriza el secuestro del vehículo y establece que debe mantenerse en custodia del Ministerio Público "sin desnaturalizar los fines y alcance de la custodia".

Además, el artículo 4, numeral 6 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos establece que el uso personal de bienes incautados sin autorización escrita puede conllevar penas de 2 a 5 años de prisión y multas de hasta 400 salarios mínimos.

Durante un intento de entrevista, el fiscal Saba Encarnación se negó a responder preguntas de El Informe y realizó afirmaciones contradictorias:

"Ese vehículo está en el almacén donde debe de reposar", dijo, pese a que fue captado horas antes conduciéndolo.

 El propietario del vehículo, Amauris Tejeda, expresó frustración por no poder entregar el automóvil a su cliente, lo que lo llevó a comprar otro vehículo mientras se resuelve el caso.

"Yo tuve que comprar otra guagua aquí en la Florida, que está en Michigan, que me llegue la semana que viene para yo poder dársela al cliente", explicó.

Este comportamiento ilegal y abusivo viola de manera flagrante el articulo 91 de la ley 133-11 y  el numeral 1 del mismo articulo  que dice: 

Artículo 91. Faltas graves. Son faltas graves que dan lugar a suspensión desde treinta hasta noventa días, sin disfrute de sueldo, las siguientes:

1. Incumplir reiteradamente los deberes; ejercer en forma indebida los derechos o no observar las prohibiciones o incompatibilidades constitucionales o legales cuando el hecho o la omisión tengan consecuencias de gravedad para los ciudadanos o el Estado;

El artículo 92 de la ley orgánica del Ministerio Público, el cual dice: "Faltas muy graves. Son faltas muy graves que dan lugar a destitución las siguientes:"

14.   Reincidir en faltas graves en un período no mayor de dos años.

Con la agravante de violar de manera flagrante el artículo 4, numeral 6 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos establece que el uso personal de bienes incautados sin autorización escrita puede conllevar penas de 2 a 5 años de prisión y multas de hasta 400 salarios mínimos.

Las infracciones cometidas por este fiscal los descalifican para ocupar dicha posición. Hasta la fecha, no se sabe si se ha iniciado algún tipo de procedimiento en su contra. Este diario investigará su situación actual respecto a las irregularidades cometidas en el ejercicio de sus funciones.

Se recordará que el fiscal Julio Saba Encarnación Medina, en 2008, fue suspendido y sometido a un tribunal disciplinario por supuestas inconductas, y en 2004, más de 50 oficiales fueron procesados por utilizar vehículos robados.

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